miércoles, 28 de marzo de 2012

Huelga General 29M


PRONUNCIAMIENTO DE APOYO – HUELGA GENERAL 29-M



Ante las políticas de recortes sociales y supresión de derechos de los trabajadores decretadas por el Gobierno, la Sección Sindical Intercentros de FITEQA – CC.OO. en Ercros, S.A.

ACUERDA APOYAR LA CONVOCATORIA DE HUELGA GENERAL PARA EL PRÓXIMO 29 DE MARZO DE 2012, EXIGIENDO DEL GOBIERNO UN CAMBIO DE POLÍTICA QUE SUPONGA:

·         La retirada de una reforma laboral que:
o        No servirá para crear empleo.
o        No reducirá la dualidad del mercado laboral.
o        Facilita y abarata el despido.
o        Refuerza el poder empresarial para modificar unilateralmente las condiciones de trabajo.
o        Privatiza la gestión del desempleo.

·         Defender la negociación colectiva como marco de protección de las condiciones de trabajo, frente a los intentos de atribuir a las empresas la capacidad de incumplir los acuerdos alcanzados de forma unilateral

·         Defender los servicios públicos y las políticas sociales como pilares básicos del Estado de bienestar

·         Una nueva política fiscal, que refuerce la estructura de ingresos del Estado, recuperando impuestos suprimidos y apostando por una mayor recaudación basada en la progresividad fiscal




21 de marzo de 2012

domingo, 8 de mayo de 2011

COMUNICADO ** 29 DE ABRIL DE 2011


Hoy viernes, las Secciones Sincicales de CC.OO. y U.G.T. hemos mantenido una reunión con la Empresa sobre el tema de la “Congelación Salarial”

ANTECEDENTES.

Como ya informamos en anteriores ocasiones, la Empresa, el pasado enero y en el marco de la Comisión de Seguimiento del ERE 191/2009, nos planteo “que no se produzcan revisiones salariales en 2010 por motivos de desvíos en el IPC previsto, ni incrementos de ningún tipo en los años 2011 y 2012, de modo que las percepciones individuales de cada trabajador permanezcan en el mismo nivel actual hasta el 31 de diciembre de 2012. Es decir, congelar los salarios actuales hasta el 31 de diciembre de 2012. La pérdida de poder adquisitivo que se produzca en los trabajadores respecto a lo estipulado en concepto de revisión salarial en el convenio general de la industria química, se recuperaría linealmente en un período de 6 años, a partir del 2013.”

El 22/03/2001, se publico en el BOE, la revisión salarial 2009 – 2010 del Convenio General de la Industria Química, acordando una revisión salarial del 1’8 %, con efectos retroactivos a 01/01/2010.

Estos últimos días, la Empresa ha remitido a los diferentes Comités y Secciones Sindicales, notificación respecto de su voluntad de inaplicar el incremento pactado, activando el procedimiento del Art. 35 del Convenio General y del Art. 82.3 del Estatuto de los Trabajadores (conforme a la nueva redacción introducida en la reciente Reforma Laboral).

LA REUNIÓN

Con la finalidad anteriormente expuesta, la Empresa nos convoco finalmente para el día 27/04/2011. Básicamente con dos puntos en el orden del día: constitución de la mesa negociadora y entrega y aclaración de la documentación sobre las causas que justifican la medida.

Al respecto, CC.OO. hemos planteado nuestro primer punto de discrepancia en la finalidad de la Mesa Negociadora. Esta discrepancia básicamente se centra en las siguientes razones:

-          La Empresa, como hemos dicho, nos emplaza esgrimiendo el Art. 35 del Convenio General y del Art. 82.3 del Estatuto de los Trabajadores. Estos artículos que se refieren exclusivamente a la inaplicación del incremento pactado (y no a los incrementos todavía NO pactados), disponen un imperativo legal de negociación y delimitan el procedimiento de la misma.

-          Por su parte la Empresa nos propone, no solo la inaplicación del incremento pactado (revisión salarial del 2010), sino también, la inaplicación de los posibles incrementos de los años 2011 y 2012 (estos todavía no pactados). Como hemos dicho, los reiterados Arts. 35 y 82 alcanzan a la revisión salarial pero no a los incrementos de los años 2011 y 2012.

-          La Ley, nos obliga pues, a sentarnos a negociar la inaplicación de la revisión salarial de 2010, pero no a congelar incrementos que todavía no han sido pactados.
Es por ello, que solo daremos nuestra aprobación a la constitución de la mesa negociadora convocada por la Empresa al amparo del Art. 35 del Convenio General y del Art. 82.3 del Estatuto de los Trabajadores si su única finalidad y objeto es la discusión de la inaplicación del incremento pactado, es decir, de la revisión salarial del 2010 y ello, por imperativo legal.

Por otra parte, nos sorprende que en todo el documento presentado por la Empresa, no aparezca mención alguna a aquellas personas a las que no se les aplica el apartado salarial del convenio (“los excluidos de tablas” y personal de alta dirección). ¿Les afecta la congelación propuesta?...

Centrándonos ya en el aspecto económico, la Empresa nos ha entregado una serie de documentación económica justificativa de su propuesta de congelación salarial. Así, nos dice, que “…como consecuencia de I) la crisis global, II) las pérdidas incurridas por el grupo Ercros y III) la drástica reducción de las líneas de financiación disponibles, Ercros se ha visto forzada  a sentarse con sus bancos, a fin de poder cerrar un acuerdo de refinanciación que le permita continuar con sus operaciones. En este momento, estas conversaciones continúan y aún no se ha cerrado la refinanciación del grupo.”
De la documentación, se desprenden dos objetivos de refinanciación: uno, renovar toda la financiación actual (tanto la contraída con las entidades financieras a corto plazo, como la correspondiente al fondo de titulización y consiga ampliar las carencias de los préstamos a largo plazo con el I D A E y el ICF) y dos, conseguir nuevas líneas de financiación para nuevas inversiones a realizar en los próximos años (pocas pero imprescindibles). En palabras del Informe de Auditoria de 2010: “…la continuidad futura de la operativa del Grupo (…) se halla vinculada a la favorable conclusión de tales negociaciones”.
Pues bien, al respecto, debemos decir, que el Plan de Negocio que maneja la Empresa, ya recoge la hipótesis de congelación de salarios durante el periodo 2010 – 2012, por lo que de no conseguir la renegociación de la financiación de nada va a servir la congelación salarial propuesta. Es por ello, que desde la Sección Sindical de CC.OO. exigimos a la Empresa, que despeje la incertidumbre financiera lo antes posible, priorizando la negociación con los bancos y Administraciones publicas al objetivo de congelación salarial, sabiendo que este, resultaría estéril sin el acuerdo con los bancos y Administraciones públicas.

CC.OO., va ha estudiar la documentación entregada por la Empresa en el seno de nuestra Sección Sindical Intercentros, una reunión plenaria de la misma a celebrar el próximo 10/05/2011. Como no puede ser de otra forma, serán analizados y debatidos TODOS los temas expuestos por la Empresa y TODAS sus propuestas, dando oportuna respuesta a las mismas.

martes, 22 de marzo de 2011

Revisión Salarial publicada en el BOE

En el BOE de hoy, 22/03/2011, se ha publicado la Resolución de 8 de marzo de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial de 2009 y 2010 del XV Convenio colectivo general de la industria química.
 

lunes, 21 de marzo de 2011

CONSTITUIDA LA COMISIÓN DE IGUALDAD

El pasado 16/03/2011, se firmó finalmente, el Acta de constitución de la Comisión para la igualdad de oportunidades y no discriminación en el Grupo Ercros.

Como sabéis, este era uno de los temas aparcados por la fallida negociación del Acuerdo Sindical de Grupo. Sin embargo, la obligatoriedad de la Ley 3/07, el contenido del Convenio General de la Industria Química y la insistencia de la Inspección de Trabajo, nos han llevado finalmente a la firma del  acta que os adjuntamos.

sábado, 19 de febrero de 2011

Incendio en el Centro de Almussafes



El fuego se ha iniciado después de las 8.30 horas en un elevador en la planta de paraformaldehído.
El incidente no ha causado ningún herido.

Leer: Prensa

COMUNICADO 10 de febrero de 2011

El día 09/02/20111, se ha celebrado una nueva reunión de la Comisión de Seguimiento del E.R.E. 191/2009.

Dos eran los temas más importantes del Orden del día: la aplicación del ERE 191/09 en relación al apartado 4 del mismo, respecto al centro de Palos de la Frontera y la congelación salarial propuesta por la empresa.
Procedemos a continuación a informar de ambos puntos.

Congelación salarial.:

La Dirección, ha aceptado desligar las propuestas de congelación salarial y de la continuidad de la actividad en el Centro de Palos.

Sin embargo, la Dirección reitera su propuesta de congelación salarial que afectaría a la revisión salarial de 2010 y  a los incrementos de los años 2011 y 2012 que pudieran acordarse en la negociación del Convenio General de la Industria Química (C.G.I.Q.). Justifica su propuesta en los mismos argumentos esgrimidos en la anterior reunión y que os expusimos en el Comunicado anterior.

La Dirección  ha confirmado su voluntad de activar el mecanismo de “descuelgue” regulado en el Convenio General.

En ningún caso, el “descuelgue” es automático. Así, según el Art. 35 del C.G.I.Q., y una vez publicada en el BOE el Acta de la revisión salarial del C.G.I.Q., la Empresa, deberá presentar ante los Representantes de los Trabajadores y a la Comisión Mixta del C.G.I.Q. la documentación señalada en el propio Convenio. Tras ello deberá constituirse una mesa de negociación exproceso. En caso de desacuerdo, la Comisión Mixta del C.G.I.Q., podrá actuar como mediador o arbitro entre las partes.

En  caso de que la Direción, no presentará en plazo la documentación mencionada anteriormente y de no mediar negociación alguna, esta Sección Sindical, procedería al inicio de los trámites de la demanda de las cantidades adeudadas, tal y como se hizo con el “decremento” del 2010 intentado por Ercros, es decir, iniciando el tramite con la denuncia a la Comisión Mixta del C.G.I.Q.

Centro de Palos.:

La Dirección de Ercros a propuesta de los Sindicatos CCOO y UGT, acepta mantener, al menos temporalmente y en la medida que sea sostenible desde un punto de vista económico (que los ingresos sean superiores a los gastos) y financiero (que no consuma recursos), una planta operativa con 45 trabajadores.

Este planteamiento alternativo al cierre total inmediato, ha requerido de un acuerdo específico previo, con la Representación de los Trabajadores del Centro de Palos (04/02/2011), que contiene los siguientes puntos:

-          Reducción de la plantilla a 45 personas trabajando en 5 turnos, modificando en consecuencia el actual sistema de turnos y la descripción de puestos de trabajo, así como los cambios necesarios en el equipo de emergencias.

-          Eliminación del servicio de autobús con la contraprestación del pago del kilometraje correspondiente al personal afectado, en las mismas condiciones que se viene abonando al resto de la plantilla, esto es: Pago de 15 km. por día trabajado a los residentes en Palos y 20 km. por día trabajado, a los residentes en cualquier otro termino municipal.
El precio del kilómetro será el estipulado actualmente de 0,40€.
-          Modificación de la cobertura del Servicio de Comedor, extinguiéndose éste, al inicio de la jornada intensiva y realizando el personal de jornada normal a partir del final de la misma un horario de 7 a 15 horas todo el año, excepto la jornada intensiva de tres meses, que seguirá con el horario habitual de 7,15 a 14,15, realizando con ello el mismo cómputo anual que venía efectuando hasta la fecha.

Este acuerdo, evidentemente, no despeja el futuro industrial del Centro de Palos. Si ha servido para evitar el cierre que inicialmente nos anunciaba la Empresa, pero tendremos que seguir trabajando y buscando alternativas que permitan dar viabilidad industrial al Centro y garantizar el empleo.